En esta ocasión comparto información acerca de la Ley Karin 1 que entrará en vigencia el 1 de agosto 2024.
La Ley Karin sanciona el acoso laboral y sexual, tanto del sector público como privado, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. Busca promover relaciones laborales libres de violencia, respetuosas de la dignidad humana y con perspectiva de género.
Por medio de la prevención, investigación y sanción, busca asegurar un ambiente de trabajo seguro y respetuoso para todos los empleados
- Prevención: Las empresas y órganos del Estado deben elaborar e implementar un protocolo para prevenir el acoso laboral y sexual, así como la violencia en el trabajo.
- Investigación: Se establecen procedimientos para investigar denuncias de acoso y violencia laboral.
- Sanción: Se definen las sanciones aplicables en casos de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.
Recursos:
- Ley N°21.643; acoso sexual; acoso laboral; violencia en el trabajo; protocolo de prevención; procedimientos de investigación y sanciones. Ver aquí.
- ORD. N°362/19. Fija sentido y alcance de las modificaciones introducidas por la Ley N°21.643 al Código del Trabajo. Ver aquí.
- Capacitación SUSESO Capacitación acerca de la Ley Karin, ver video. Ver aquí.
- Recursos digitales para promover los requerimientos de la ley, ejemplos de ACHS. 1. Ver aquí. 2. Ver aquí. 3. Ver aquí.
- Modelo de protocolo de PREVENCIÓN DEL ACOSO SEXUAL, LABORAL Y LA VIOLENCIA EN EL TRABAJO. . Ver aquí.
- Decálogo del buen trato, ver en material adjunto.
Archivos adjuntos
Tipo | Título del archivo | |
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pdf | decalogo_de_los_buenos_tratos.pdf | Descargar |
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