El ser humano es un ser único y particular, que desde su individualidad se desarrolla, para ser parte activa de su construcción personal y dentro de un contexto social. Así todas las personas deben tener las mismas oportunidades, ¿Responsable? La sociedad
La educación por tanto es un derecho, y para que este derecho sea garantizado tiene que ser reconocido y aplicado a todas las personas sin distinción de ninguna clase.
En el texto Sistema regional de Educación, del año 2010 de la Unesco sus autores nos indican que en la Convención Relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la esfera de la enseñanza del año1960[1], se entiende por discriminación toda distinción, exclusión, limitación, o preferencia fundada ya sea en raza, sexo, o de cualquier otra índoles y que tenga por finalidad o por efecto destruir la igualdad de trato en la enseñanza. La no discriminación exige por tanto no solo eliminar las barreras del acceso sino que además eliminar las practicas que limitan la permanencia y el pleno desarrollo y aprendizaje de cada persona. En esta perspectiva las políticas educacionales que impulsa el Ministerio de Educación de nuestro país ,se centran en el mejoramiento de la calidad de la educación, posibilitando mayores y mejores oportunidades de enseñanza para todos los niños y niños de nuestro país. Se crean por tanto la Ley General de Educación y la Ley de subvención escolar preferencial, dentro de otras, en este contexto, se promulga la ley 20.201, que crea una subvención para los niños y niñas, incluyendo y normando elementos básicos para determinar y poner en marcha las acciones pertinentes orientadas a entregar oportunidades enmarcada en uno de los principios de la Ley General de Educación: Diversidad. Y que se concretiza en el Decreto 170.Este cambio de enfoque, se sustenta en la valoración de las diferencias individuales y en el respeto por la diversidad, en la perspectiva de una visión más inclusiva de la educación.
“Es deber del Estado velar por la igualdad de oportunidades y la inclusión educativa, promoviendo especialmente que se reduzcan las desigualdades derivadas de circunstancias económicas, sociales, étnicas, de género o territoriales, entre otras.”(Ley 20.370)
Muchos alumnos acceden a la escuela, a la llamada educación, pero ello no implica que accedan a instancias de aprendizaje de calidad, en donde, se de respuesta a las necesidades particulares de aprendizaje, brindándoles los apoyos y espacios para aprender desde una construcción personal y significativa.
“En un aula realmente inclusiva los profesores reconocen las variadas formas en la que los alumnos se diferencian entre si y diseñan y aplican respuestas reproductivas y sensibles. Definir la inclusión de esta forma requiere redefinir otras prácticas“. (Centro de Investigación avanzada en Educación. Pontificia Universidad Católica de Valparaiso.2010, p.106).Practicas que van desde los recursos, espacios, estrategias en donde la enseñanza toma el perfil de una actividad activa, intencionada, que consiste en ayudar al alumno a plantearse y resolver nuevos problemas. En este intercambio de relaciones (proceso enseñanza aprendizaje), los alumnos deben activar sus esquemas de pensamiento, utilizar sus códigos de interpretación del mundo y de comunicación con los otros, aun cuando sean insuficientes o incorrectos. Por otro lado el docente deber ser el intérprete que interviene en esa red de significados, sentimientos y actuaciones, buscando acercar las claves o ayudas para los problemas planteados. Su principal tarea ser el diagnóstico permanente y continuo de las situaciones de aula y la evaluación de los intercambios que se producen..Desde esta perspectiva se intenta desarrollar en el alumno un pensamiento crítico y autorregulación de sus procesos.
Lo anterior nos invita a recordar que la acción educativa y formativa no es la producción de resultados, es decir, llegar a los objetivos predeterminados, sino los procesos el desarrollo de los conocimientos, habilidades, actitudes cualidades que se busca fortalecer y que se ponen de manifiesto en la acción docente. Dentro de esta perspectiva se encuentran las teorías constructivistas .Desde el punto de vista de Vigotsky[2], el rol que ejerce el docente, es sumamente importante, pues resulta de ayuda ,funcionando como mediador Sin esta ayuda, los procesos esenciales en el desarrollo de las potencialidades humanas no serán posibles. El docente se convierte así en guía y soporte, participante activo en el aprendizaje con sus alumnos, evaluador de los procesos / logros y, facilitador del aprendizaje de sus alumnos.
Para el logro de lo anterior debemos no solo considerar los aspectos disciplinares y pedagógicos , y nuestra acción mediadora. Resulta fundamental el ahondar en nuestras creencias y percepciones , buscando las límitaciones personales que presentamos en lo que se refiere diversidad, solo desde ese cambio paradigmatico lograremos ser inclusivos . No basta con solo declarar la inclusión, sino que vivirla, en su plenitud y esto implica aceptar al otro, en todas sus dimensiones.
[1]Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su undécima reunión, celebrada en Paris, del 14 de noviembre al 15 de diciembre de 1960, la cual indica artículos que se basan que la Declaración Universal de Derechos Humanos afirmando el principio de que no deben establecerse discriminaciones y proclama el derecho de todos a la educación,
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