Evaluará el desempeño de las escuelas, preocupándose que cuenten con normas y gestión de calidad, el organismo estará facultado para evaluar los logros de aprendizaje de los alumnos en relación a estándares determinados por la autoridad.
La futura instancia fiscalizadora podrá dar cuenta a los tribunales de las faltas o delitos en el que incurran los establecimientos educacionales pudiendo hacerse parte de los procesos y garantizará el derecho a la educación y a la libertad de enseñanza, entre otros aspectos.
El proyecto asegurará una adecuada información pública, de manera de lograr una amplia y completa transparencia en los logros de aprendizaje de los alumnos, de la gestión pedagógica, administrativa y financiera de los establecimientos educacionales y de los sostenedores. De este modo se asegurará el ejercicio de los derechos, una adecuada toma de decisiones por parte de los alumnos y de las familias. La Superintendencia de Educación, en el ejercicio de sus atribuciones, deberá hacer pública la información que recopile y deberá ponerla a disposición de la comunidad educativa y ciudadanos en general.
La Superintendencia de Educación será un ente evaluador y fiscalizador. Su objetivo principal será verificar el cumplimiento de estándares de calidad, que los sostenedores imparten en los establecimientos que cuentan con reconocimiento oficial del Estado.
Funcionará bajo el Sistema de Alta Dirección Pública.
Tendrá una estructura moldeable a las necesidades de la fiscalización, por lo que tendrá oficinas regionales, que serán organismos descentralizados funcionalmente
Podrá solicitar datos y documentación a los sostenedores para fiscalizar y aplicar sanciones.
Además evaluará el grado de cumplimiento de estándares de calidad del sistema educativo. De esta forma diseñará un sistema que mida los niveles de aprendizajes de los alumnos e informará públicamente sus resultados y coordinará la participación de nuestro país en mediciones internacionales de aprendizaje.
Validará los instrumentos de Evaluación Docente, docente directiva y de personal técnico para los colegios y liceos particulares subvencionados.
Fiscalizará el correcto uso de los recursos públicos, a través de rendiciones de cuentas que deberá entregar cada sostenedor subvencionado. Para esto, la Superintendencia de Educación podrá realizar visitas inspectivas a los establecimientos y ordenar auditorias a la gestión de dichos sostenedores. En el caso de establecimientos particulares pagados, la Superintendencia podrá fiscalizar ante denuncia o reclamo.
Podrá ordenar la intervención transitoria de un establecimiento educacional subvencionado que obtenga resultados educativos deficientes y reiterados; en caso extremo y de acuerdo a las leyes, podrá proceder a la revocación del reconocimiento oficial del Estado.
La Superintendencia de Educación permitirá que padres y apoderados puedan efectuar reclamos y denuncias, haciéndose cargos de estos, aplicando los mecanismos necesarios para verificarlos. Además de tomar medidas cuando las denuncias sean fundadas.
El MINEDUC en tanto, estará a cargo de elaborar el currículo, los estándares de calidad necesarios y el plan de evaluación de la calidad a nivel nacional. También mantendrá la implementación de programas y políticas y las labores de apoyo e intervención de los establecimientos.
Bibliografía: Ministerio de Educación
- Inicie sesión para comentar