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PROCEDIMIENTOS SOBRE MALTRATO ESCOLAR

DE LOS PROCEDIMIENTOS EN CASOS DE MALTRATO ESCOLAR.

 

            En caso de existir maltrato escolar se realizará el siguiente procedimiento detallado a continuación:

 

1.-  Consumo y porte ilegal de sustancias ilícitas en el establecimiento

 

Ante el conocimiento de consumo o porte de sustancias ilícitas dentro del establecimiento, el integrante de la comunidad escolar debe informar a:

Inspectores generales y en ausencia de ellos a la encargada de Convivencia Escolar.

Informar al apoderado del alumno citándolo al establecimiento en forma perentoria.

Se debe coordinar y realizar la denuncia respectiva ante:

Carabineros de Chile            (OS7)  Fono 133

 Policía de Investigaciones   (Brigada Antinarcóticos)  Fono 134

Fiscalía Viña del Mar             Fono  32/ 655845

La denuncia la puede realizar cualquier miembro de la comunidad escolar.

El alumno será entrevistado por: Orientadora o Sicóloga dejando constancia por escrito de tal acción.

Para situaciones de conocimiento de consumo de sustancias ilícitas fuera del establecimiento, se informará a la Orientadora quien tendrá entrevista con alumno y su (s) apoderado(s) y realizará la derivación respectiva a un PAB (Programa Ambulatorio Básico).

 

Derivaciones Posteriores:

Se entenderá que el alumno está en situación de consumidor, por lo tanto se  le derivará a redes de apoyo para lograr su rehabilitación. Estas redes son:

PAB: Ubicado en el Consultorio El Olivar para alumnos de 10 a 15 años.

CTA: Ubicado en el Hospital G. Fricke.

 

Recordar: La ley castiga como cómplice al individuo que conociendo el tráfico o consumo no realiza la denuncia. Esta puede ser anónima.

Si la madre, padre u otro familiar utiliza a un menor de edad para vender drogas, esta denuncia debe ser realizada también por vulneración de derechos al menor.

 

2.- Ciber Bulling

 

Es acoso por medios cibernéticos constantes en el tiempo que implica conductas de amenazas y de intimidación.

 

Esta situación debe ser informada a Inspectores Generales y en ausencia de ellos al encargado de Convivencia Escolar.

Informar de la situación al apoderado de ambos alumnos: agredido(s) y agresor(es), citándolos perentoriamente al establecimiento.

Entrevistar a los alumnos involucrados y sus apoderados por parte de Inspectores Generales quienes coordinarán y derivarán el caso a Orientadora.

 

Derivaciones Posteriores:

Orientadora realizará una mediación entre las partes involucradas.

Calendarizar entrevistas de los alumnos con la sicóloga del establecimiento.

 

Si la situación de ciberbulling no es solucionada con las medidas anteriores, se deberá:

Informar a: Policía de Investigaciones de Chile                  Fono 134

Brigada del Ciber Crimen                                                     Fono 639-0565

Carabineros de Chile                                                           Fono 133

 

3.- Peleas Callejeras

Generalmente se inician al interior del Establecimiento y continúan fuera de él, de allí lo importante de prevenir estas conductas agresivas. En caso de conocimiento de peleas en la calle y que involucren a alumnos(as) del establecimiento, llamar telefónicamente a:

Carabineros de Chile                                    Fono:              133

                                                                      Cuadrante       92653006

                                                                                              3132353

  

Peleas al interior del Establecimiento:

En caso de peleas que impliquen golpes y agresiones físicas dentro del las dependencias del establecimiento, éstas deben ser informadas a los Inspectores Generales, quienes se comunicarán con los apoderados respectivos citándolos perentoriamente al establecimiento.

Si el caso lo amerita se derivará al SAPU o SAMU de acuerdo al procedimiento de ACCIDENTES ESCOLARES.

Los miembros del equipo  psico-social (Orientadora -  Psicóloga -  Asistente Social) tienen como función contener el desborde emocional del alumno(a) en el cual pueda devenir producto de la agresividad provocada o recibida.

En caso que él o los alumnos no pueden ser controlados en su desborde emocional, se deberá llamar a:

SAPU Miraflores        Fono:   2 645181 Fono Fax: 2647890

SAMU G. Fricke        Fono:   501100 – 677054

 

Derivaciones Posteriores:

Los alumnos agresores y agredidos serán entrevistados por Orientadora quien realizará una mediación entre las partes involucradas.

Serán derivados a Sicóloga y se gestionará visita domiciliara por parte de la Asistente Social del Establecimiento si la situación así lo amerita.

Se tramitará atención a través de Redes de Apoyo Escolar para agredido(s) y agresor(es)

 

 

4.- Abuso Sexual – Violación – Estupro – Prostitución – Pornografía Infantil:

Estos delitos están establecidos en la  Ley N ° 19.617

La escuela no debe investigar. Ante la sospecha de uno de estos delitos, se debe realizar la denuncia. Ésta la debe realizar el docente que haya escuchado el relato del alumno(a).

El miembro de la comunidad escolar que toma conocimiento de alguna de estas situaciones delictivas, debe informar al Director del establecimiento o en su defecto a algún miembro del Equipo Directivo quien coordinará derivaciones con Orientadora.

La sicóloga realizará una entrevista personal y reservada con el alumno(a).

La Orientadoray/o Sicóloga deben:

Atender y acoger al alumno(a) tratando el caso con el sigilo que requiere esta situación.

Citar perentoriamente al apoderado del alumno(a) al establecimiento para realizar una entrevista e informar de la situación.

Coordinar la denuncia que deberá realizarse y si el caso lo amerita acompañar al alumno(a) a constatar lesiones en el Hospital G. Fricke.

 

 

 

 

La denuncia se puede realizar en:

Carabineros de Chile                        133

PDI                                                    134

Si se requiere de mayor información llamar a SENAME: Fono 800 730 800

 

Derivaciones Posteriores:

Estos casos son judicializados por lo tanto el alumno(a) afectado será derivado por los tribunales a un programa de Reparación (PIB)

 

 

5.- Detección de Maltratos de Adultos a Menores

Estos maltratos se refieren a:

  1. Maltratos Físicos
  2. Maltratos sicológicos
  3. Negligencias y abandono

En caso de conocer de algunos de estos maltratos, el miembro de la comunidad escolar deberá informar a: Inspectores Generales y en ausencia de ellos a la Orientadora.

Orientadora y/o Sicóloga realizarán las siguientes acciones:

Entrevistarán al alumno agredido atendiendo y acogiendo su situación emocional.

Se citará perentoriamente al apoderado para informar de la situación.

Acompañar al alumno(a) a constatar lesiones si el caso lo amerita.

Realizar un informe que indique los pormenores de la situación que será enviado a Tribunales de Familia.

Denunciar ante Fiscalía.

Fonos:                        32-2655800

32-326900

 

Derivaciones Posteriores:

Coordinar la derivación del alumno(a) y al agresor(a) a una Red de Apoyo y programa del Consultorio que realice tratamiento de reparación y reeducación de conductas agresivas.

Gestionar la visita domiciliaria de Asistente Social del establecimiento.